
En España hay dos mandatos que la gente suele confundir. Verifactu fija reglas antifraude para el software de facturación. La facturación electrónica B2B de la ley Crea y Crece fija reglas para la factura en sí y para cómo circula entre empresas. Esta guía explica la diferencia entre Verifactu y factura electrónica, qué hace cada una, cuándo empiezan, quién entra en el alcance y cómo cumplir ambas con un solo stack.
Preguntas rápidas
¿Qué es Verifactu en una línea? Reglas para que los sistemas de facturación creen registros inviolables de cada factura, con un código QR y envío opcional en tiempo real a la AEAT (Agencia Tributaria).
¿Qué es la facturación electrónica B2B? E-facturas estructuradas que se envían por redes, con mensajes de estado y reporte de pagos.
¿Se sustituyen entre sí? No. Resuelven problemas distintos y convivirán.
¿Son los registros Verifactu lo mismo que una factura electrónica? No. No son facturas. Son registros generados por el sistema de facturación que prueban que la factura existió y no ha sido modificada.
¿Todas las facturas necesitan un código QR? Sí, si se emiten con un sistema dentro del ámbito de aplicación. Para las facturas electrónicas estructuradas, se incrustan los datos del QR en lugar de imprimir una imagen QR.
Si estoy en SII, ¿debo adoptar Verifactu? No, no para tu propia facturación. Pero igualmente tendrás que emitir y recibir facturas electrónicas B2B cuando la normativa entre en vigor.
¿Es obligatorio el modo VERI*FACTU? No. Puedes elegir NO VERIFACTU con controles locales sólidos. VERI*FACTU añade el envío en tiempo real y permite la verificación por parte del receptor.
Verifactu y factura electrónica - resumen rápido
Objeto: Verifactu controla el software de facturación y sus registros de factura. La facturación electrónica B2B controla el documento factura y su intercambio entre empresas.
Ámbito/destinatarios: Verifactu afecta a todas las facturas emitidas con software - B2B y B2C - completas o simplificadas - salvo 1 SII, 2 quienes emiten todo manualmente sin SIF y 3 contribuyentes bajo foralidad vasca o navarra. La e-factura B2B aplica solo a operaciones entre empresas o profesionales.
Formatos: Verifactu define un formato de registro llamado "registro de facturación" con campos de seguridad y un código QR. La factura en sí puede ser en papel, PDF o electrónica. La e-factura B2B exige facturas estructuradas. La solución pública usa Facturae, el XML estructurado de uso público. Las plataformas privadas pueden acordar otras sintaxis siempre que se interconecten.
Transporte: Verifactu o bien conserva los registros localmente (NO VERIFACTU) o los envía en tiempo real a la AEAT (VERI*FACTU). La e-factura B2B intercambia facturas a través de plataformas privadas interconectadas y de la Solución Pública de Facturación Electrónica. Si facturas por una vía privada, también debes remitir una copia fiel en Facturae a la solución pública.
Estados/pagos: Verifactu se centra en la inmutabilidad y la trazabilidad de registros. No define flujos comerciales de estado. La e-factura B2B introduce mensajes de estado y reporte obligatorio de pagos, como el envío de la fecha de pago efectiva.
Fechas de inicio: Verifactu empieza el 1 de enero de 2026 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2026 para el resto. La e-factura B2B arranca tras publicarse el reglamento final B2B: empresas con más de 8 millones de euros de volumen de negocios en 1 año, las demás en 2 años.
Exclusiones: Verifactu excluye a quienes están en SII para su propia facturación. La e-factura B2B cubre solo B2B, no B2C.
Sanciones: Verifactu fija multas tasadas por software de doble uso o no conforme y para usuarios que lo usen o conserven. La e-factura B2B fija obligaciones de emitir y recibir e-facturas y de reportar pagos. Incumplir puede acarrear sanciones y control bajo normas de morosidad.
¿Qué es Verifactu? Reglas antifraude del software de facturación
Base legal: El artículo 29.2.j de la LGT habilita el régimen y el RD 1007/2023 (RRSIF) fija las reglas. Una Orden Ministerial definirá las especificaciones técnicas y el RD 254/2025 actualiza las fechas.
Idea en claro: Tu programa de facturación debe crear un registro inviolable por cada factura. Piénsalo como una huella más un registro de eventos. No es la factura. Es un registro separado que prueba que la factura existió y no se ocultó ni alteró.
QR y leyenda: Toda factura completa o simplificada debe incluir un código QR. Si operas en modo VERI*FACTU, además imprimes la leyenda "Factura verificable - VERIFACTU" para que el receptor sepa que el registro está en la AEAT. El QR permite verificar o comunicar los datos a la AEAT.
Dos modos:
- VERI*FACTU: el sistema envía el registro en tiempo real a la AEAT. Los receptores pueden comprobar "encontrado" o "no encontrado".
- NO VERIFACTU: el sistema guarda el registro localmente con firma digital y registro de eventos. Los receptores pueden comunicar el contenido del QR a la AEAT, pero aparecerá como "no verificable" porque no se ha remitido previamente.
Quién entra en el alcance:
Casi todos los negocios que emiten facturas con software y están en territorio común. Quedan fuera los contribuyentes en SII para su propia facturación. También quedan excluidas operaciones donde el ROF autoriza no emitir factura o usar un documento alternativo, por ejemplo, billetes o recibos sectoriales como transporte público, aparcamientos y peajes o máquinas expendedoras. El ROF es el reglamento de facturación del RD 1619/2012.
Plazos: Los usuarios empiezan el 1 de enero de 2026 si tributan por Sociedades y el 1 de julio de 2026 para el resto, incluidos la mayoría de autónomos. Los fabricantes de software tenían hasta el 29 de julio de 2025 para entregar versiones conformes.
App gratuita de la AEAT: La AEAT ofrecerá una app ligera en modo VERI*FACTU para emisores de bajo volumen. Imprime facturas con QR y almacena el registro en la AEAT.
Qué cambia en las facturas:
Añades el QR o incrustas la información del QR en formatos electrónicos. Muestras la leyenda cuando estés en VERI*FACTU. Las reglas de contenido siguen en el ROF del RD 1619/2012.
Sanciones en sencillo: Hay multas tasadas por construir o vender software de doble uso y por usarlo o conservarlo. Los usuarios deben desplegar software conforme.
Referencia: consulta los textos legales en el BOE.
Más detalles sobre Verifactu aquí.

¿Qué es la facturación electrónica B2B de Crea y Crece?
Base legal: Ley 18/2022, Crea y Crece. Un reglamento específico de e-factura B2B fijará formatos, redes y plazos. Los borradores confirman una solución pública gestionada por la AEAT, sintaxis Facturae cuando se use esa solución, interconexión entre plataformas y reporte obligatorio de estados y de pagos, por ejemplo, informar de la fecha efectiva de pago en pocos días.
Alcance: Solo B2B. Es decir, facturas entre empresas o profesionales. Las ventas a consumidores quedan fuera de este mandato.
Formatos y redes: Puedes usar plataformas privadas o la Solución Pública de Facturación Electrónica. Las plataformas privadas deben interconectarse. Si no emites por la solución pública, igualmente debes enviar una copia fiel en Facturae de cada factura a dicha solución. Facturae es el XML estructurado de e-facturas usado por el sector público.
Estados: Los receptores deben enviar mensajes de aceptación o rechazo y después reportar el estado de pago.
Plazos: Empresas con más de 8 millones de euros de facturación deben cumplir 1 año después de la publicación del reglamento. El resto, 2 años después. El calendario exacto depende de la fecha de publicación en el BOE.
Objetivos de política: Reducir la morosidad, mejorar la trazabilidad y la liquidez y digitalizar el comercio B2B.
Verifactu vs factura electrónica - comparativa lado a lado
Propósito: Control antifraude de software y registros vs digitalización de facturas y pagos.
Qué se mueve: Verifactu mueve registros. La e-factura B2B mueve facturas y mensajes de estado o de pago.
Destinatarios: Verifactu alcanza todas las facturas hechas con software, B2B y B2C. La e-factura B2B solo B2B.
Formato: Verifactu usa un formato de registro más un QR. La factura puede ser papel, PDF o electrónica. B2B exige una e-factura estructurada - en la solución pública, Facturae - más datos de estado y de pago.
Transporte: Verifactu puede enviar registros en tiempo real a la AEAT o guardarlos localmente. B2B usa plataformas privadas y la solución pública. Si facturas por vía privada, una copia fiel en Facturae también va a la solución pública.
Calendario: Verifactu es fijo - enero o julio de 2026. B2B es relativo - 1 a 2 años desde la publicación del reglamento final.
Exclusiones: Verifactu excluye a SII. B2B cubre todo B2B, incluidos quienes están en SII.
Sanciones: Verifactu fija multas por software no conforme o de doble uso, tanto para desarrolladores como para usuarios. En B2B las multas se relacionan con emitir o recibir e-facturas y reportar pagos y se vinculan al control de morosidad.
Fechas y entrada en vigor
Verifactu
- Fabricantes de software: versiones conformes entregadas antes del 29 de julio de 2025.
- Usuarios obligados a facturar: 1 de enero de 2026 para sujetos al Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2026 para el resto.
Facturación electrónica B2B
- Disparador: publicación del reglamento B2B en el BOE.
- Más de 8 millones de euros: 1 año tras la publicación.
- 8 millones o menos: 2 años tras la publicación.
- Ojo: las fechas exactas dependen de la publicación en el BOE.

Cómo conviven en la práctica
Emisión - tú a tu cliente: Tu sistema emite la factura y crea el registro Verifactu con un QR. Si eliges modo VERI*FACTU, el registro va a la AEAT en tiempo real. Para destinatarios B2B, además envías una e-factura estructurada por tu plataforma y, si no usaste la vía pública, la solución pública recibe una copia fiel en Facturae.
Recepción - proveedor a ti: Recibes una e-factura estructurada, envías mensajes de estado y reportas el pago efectivo a la solución pública dentro del plazo permitido.
Libros y declaraciones: Los registros Verifactu ayudan a preparar los libros de IVA y a superar auditorías. El reporte de pagos B2B te ayuda a cumplir las normas de morosidad.
Empresas en SII: Sigue usando SII. Estás excluido de Verifactu para tu propia facturación, pero igualmente dentro de la e-factura B2B cuando aplique el reglamento.
Checklist de cumplimiento para ambos regímenes
- Elige software adaptado al RD 1007/2023 que soporte VERIFACTU y NO VERIFACTU.
- Activa el QR en todas las facturas o incrusta los datos del QR en las e-facturas estructuradas. Imprime la leyenda cuando estés en VERI*FACTU.
- Decide tu modo: VERI*FACTU para remisión en tiempo real o NO VERIFACTU con almacenamiento local, firmas y registro de eventos. Para poco volumen, valora la app gratuita de la AEAT.
- Prepara la e-factura B2B: elige plataforma o usa la solución pública. Asegura soporte Facturae, interconexión, mensajes de estado y APIs de pago. Si facturas por vía privada, planifica la copia fiel Facturae a la solución pública.
- Mapea los plazos: entra en enero o julio de 2026 para Verifactu. Planifica 1 a 2 años después de la publicación del reglamento B2B.
- Gobernanza: control de versiones, logs de auditoría, permisos de usuario y cero funciones de doble uso. Usa registros correctivos, no sobrescrituras.
- Formación: enseña a los equipos a leer el QR, gestionar estados y reportar pagos a tiempo.
Sanciones y auditorías
Verifactu: Multas fijas para usuarios que usen o conserven software alterable o no conforme y multas más altas para desarrolladores o distribuidores que construyan o comercialicen sistemas de doble uso o no conformes. También hay sanciones ligadas a certificación o incumplimientos procedimentales.
E-factura B2B: Obligaciones de emitir y recibir e-facturas, mantener acceso a facturas pasadas para exclientes y reportar pago o rechazo. El incumplimiento puede ser sancionado y computarse en el control de morosidad con la regla de 60 días.
Tope de efectivo como contexto: Las normas antifraude también limitan el efectivo en operaciones empresariales. Es un marco separado, pero útil al comparar regímenes.
Artículo completo sobre la ley antifraude aquí.
Decisiones finales antes del despliegue - Verifactu y factura electrónica
Elige tu modo Verifactu: Escoge VERI*FACTU si quieres envío en tiempo real a la AEAT y verificación sencilla por parte del receptor. Escoge NO VERIFACTU si prefieres almacenamiento local con firmas y registros completos debido a ubicaciones sin conexión o políticas estrictas de TI. Documenta el plan de contingencia para caídas de la AEAT y quién revisa "encontrado/no encontrado" cuando los clientes escanean el QR.
Elige tus canales B2B: Decide si emitirás a través de la Solución Pública de Facturación Electrónica o de una plataforma privada. Si usas la ruta privada, planifica la copia fiel en formato Facturae hacia la solución pública. Si realizas operaciones transfronterizas, asegúrate de que tu proveedor soporte la interconexión más allá de España y pueda traducir formatos sin pérdida de datos.
Mapa de los datos que debes capturar y mostrar: Coloca el QR en cada factura o incrusta su contenido en la factura electrónica. Implementa mensajes de aceptación/rechazo y captura la fecha de pago efectivo dentro del plazo permitido. Mantén acceso para exclientes a sus facturas pasadas y guarda los registros de forma segura para auditorías.
Ejecuta una prueba previa al arranque: Genera facturas y registros de muestra, escanea el QR para confirmar "encontrado" en VERI*FACTU y "no verificable" en NO VERIFACTU, y prueba la entrega entre plataformas. Verifica que la solución pública acepte tu copia Facturae y que las actualizaciones de estado de pago se registren correctamente.
Errores a evitar: Pensar que un PDF por sí solo cuenta como facturación electrónica B2B, olvidar la copia Facturae al usar canales privados, mezclar SII con Verifactu para tu propia facturación y formar solo a finanzas mientras ventas u operaciones también emiten facturas.
Conclusión
Piensa en Verifactu como la columna antifraude de tu sistema de facturación - registros más QR - y en la facturación electrónica B2B como la capa de red que mueve facturas estructuradas y estados de pago. Implementa ambas: Verifactu en enero o julio de 2026. Después, despliega la e-factura B2B en el plazo de 1 a 2 años que empezará al publicarse el reglamento final. Si solo recuerdas una cosa, que sea esta diferencia entre Verifactu y factura electrónica para montar un único stack que cumpla con ambas.