
Todo autónomo en España presenta el mismo conjunto básico de modelos ante la AEAT. Cuáles te aplican depende de tu actividad, tu régimen fiscal y quiénes sean tus clientes. Presentar el modelo equivocado, saltarse un plazo u omitir una declaración obligatoria genera sanciones automáticas, y Hacienda cruza cada modelo con los demás. Esta guía cubre el conjunto completo: qué hace cada modelo, quién debe presentarlo, cuándo vence y cómo se relacionan entre sí. Está escrita para autónomos que declaran en España, tanto si te diste de alta el mes pasado como si llevas años ejerciendo.
Actualizado: julio 2026

La presentación de impuestos en España funciona con un ciclo trimestral para la mayoría de obligaciones, con resúmenes anuales en enero y la declaración de la renta en primavera. Estos son los plazos que aplican a los autónomos:
Si un plazo cae en fin de semana o festivo, pasa al siguiente día hábil. Si pagas por domiciliación bancaria, el plazo es cinco días antes del plazo estándar, es decir, el 15 de abril en lugar del 20.
El Modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. Declaras el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y el IVA que has pagado en tus gastos de negocio (IVA soportado). Ingresas a Hacienda la diferencia, o si has pagado más IVA del que has cobrado, compensas el saldo en trimestres siguientes o solicitas la devolución.
Quién lo presenta: todo autónomo cuya actividad esté sujeta a IVA. Si tu actividad está exenta según el artículo 20 de la Ley 37/1992 (sanidad, enseñanza reglada, servicios financieros), no presentas el Modelo 303 en absoluto.
Cuándo: cuatro veces al año, en los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero.
El error más frecuente es deducir IVA de gastos que no son íntegramente atribuibles a la actividad, o que carecen de una factura válida con tu NIF. Hacienda los rechaza de forma sistemática. Guía completa paso a paso: Modelo 303: cómo presentar el IVA trimestral como autónomo.
El Modelo 130 es el pago anticipado trimestral del impuesto sobre la renta. Calculas tu beneficio acumulado del año hasta la fecha (ingresos menos gastos deducibles) y pagas el 20% como anticipo de tu IRPF final. Los importes que pagas mediante el Modelo 130 se descuentan de lo que debes en la declaración anual.
Quién lo presenta: los autónomos en régimen de estimación directa cuyos clientes sean mayoritariamente particulares y no empresas. Si más del 70% de tus ingresos proviene de empresas españolas que ya aplican retención de IRPF en tus facturas, estás exento de presentar el Modelo 130.
Cuándo: cuatro veces al año, con los mismos plazos que el Modelo 303.
La exención del 70% pilla desprevenidos a muchos autónomos en su primer año, porque se calcula sobre los ingresos del año anterior y no hay año anterior. Guía completa con el cálculo de la exención: Modelo 130: cómo presentar el IRPF trimestral como autónomo.
El Modelo 347 es una declaración informativa, no un pago. Declaras cada cliente y proveedor con el que hayas tenido operaciones por un total superior a 3.005,06 euros durante el año natural, IVA incluido. Hacienda lo usa para cruzar datos: si tú declaras 12.000 euros recibidos de un cliente y ese cliente declara 15.000 euros pagados a ti, la discrepancia genera una revisión automática.
Quién lo presenta: los autónomos que hayan tenido al menos un cliente o proveedor que supere el umbral de 3.005,06 euros en el año. Los autónomos en módulos también están obligados si alcanzan el umbral.
Cuándo: una vez al año, durante el mes de febrero, referido al año natural anterior.
El umbral es anual y acumulado, no por factura. Cuatro facturas de 800 euros al mismo cliente superan el umbral. Guía completa: Modelo 347: guía de la declaración anual informativa.
El Modelo 390 es el resumen anual de todo lo declarado en tus cuatro presentaciones del Modelo 303. Es informativo: no pagas nada con él. Las cifras deben cuadrar exactamente con la suma de tus declaraciones trimestrales. Si no cuadran, Hacienda lo detecta.
Quién lo presenta: todo autónomo que presente el Modelo 303. Si estás exento de IVA y no presentas el 303, tampoco presentas el 390.
Cuándo: en enero, junto con el Modelo 303 del cuarto trimestre, referido al año natural anterior.
El Modelo 100 es la Renta, la declaración anual del IRPF. Aquí van todos tus ingresos: el beneficio como autónomo, los rendimientos del trabajo si además tienes un empleo, los ingresos por alquileres, los rendimientos del capital y las ganancias patrimoniales. Los pagos anticipados que hiciste con el Modelo 130 (y las retenciones aplicadas por tus clientes) se descuentan del cálculo final.
Quién la presenta: todo autónomo, sin excepción, independientemente de su nivel de ingresos o régimen.
Cuándo: la campaña de la Renta va de abril a junio. La AEAT publica las fechas exactas cada año.
Para una visión más amplia de lo que paga un autónomo en el conjunto de impuestos, consulta impuestos para autónomos: lo que necesitas saber.
El Modelo 349 declara las operaciones con empresas de otros países de la UE. Si facturas a una empresa comunitaria sin IVA aplicando la inversión del sujeto pasivo, debes declararlo aquí. Es informativo, sin pago asociado.
Quién lo presenta: los autónomos que hayan emitido al menos una factura a un cliente empresa de la UE durante el período, o recibido servicios de un proveedor comunitario.
Cuándo: trimestralmente por defecto, con los mismos plazos que el Modelo 303. Mensualmente si tu volumen intracomunitario supera los 50.000 euros en un trimestre.
Para las reglas completas sobre facturar a clientes en el extranjero, consulta cómo facturar a clientes extranjeros como autónomo.
La mayoría de autónomos presenta solo una parte de estos modelos. Los perfiles habituales:
Si no tienes claro en qué régimen estás, revisa tu alta en el Modelo 036 o 037. Ahí consta el régimen elegido y tu situación respecto al IVA. Si todavía estás decidiendo cómo darte de alta, consulta cómo darte de alta como autónomo.
Los modelos no son independientes. Hacienda los concilia entre sí y contra datos de terceros de forma automática:
Por eso la exactitud importa más que la rapidez. Una cifra que no cuadra entre dos modelos es el motivo más frecuente de un requerimiento de Hacienda.
Si te das cuenta de que has cometido un error, presenta una declaración complementaria o rectificativa de forma voluntaria. El recargo es sensiblemente menor que la sanción que aplica Hacienda si lo detectan ellos primero.
Sí. Si estás dado de alta como autónomo y tu actividad está sujeta a IVA, presentas el Modelo 303 cada trimestre aunque no hayas tenido actividad. Se presenta como "sin actividad". No presentarlo es una infracción, aunque el importe a ingresar sea cero.
Ambos son pagos fraccionados trimestrales de IRPF. El Modelo 130 es para autónomos en estimación directa, donde el impuesto se calcula sobre el beneficio real. El Modelo 131 es para autónomos en módulos (estimación objetiva), donde el impuesto se calcula sobre indicadores estandarizados en lugar de sobre ingresos reales. Presentas uno u otro, nunca los dos.
Posiblemente. Si más del 70% de tus ingresos del año anterior provino de clientes que aplicaron retención de IRPF en tus facturas, estás exento de presentar el Modelo 130. El cálculo se basa en el año natural anterior, lo que significa que los autónomos nuevos generalmente no pueden acogerse a la exención en su primer año. Detalle completo: Modelo 130: cómo presentar el IRPF trimestral como autónomo.
Sí. El Modelo 347 se basa en las facturas emitidas y recibidas durante el año natural, siguiendo el principio de devengo, no en el momento del cobro. Una factura emitida en diciembre de 2026 y cobrada en febrero de 2027 pertenece a la declaración de 2026.
Puedes presentarlos todos tú mismo a través de la Sede Electrónica de la AEAT con certificado digital o Cl@ve PIN. Los Modelos 303 y 130 son sencillos si tienes la contabilidad ordenada. El Modelo 347 y la declaración anual son más propensos a errores. Muchos autónomos presentan los trimestrales por su cuenta y recurren a un gestor para los anuales. Para presentar online necesitarás un certificado digital: cómo obtener un certificado digital para autónomos.
Hacienda envía un requerimiento a una o ambas partes pidiendo aclaración. La mayoría de discrepancias son diferencias de imputación temporal: una parte registró la factura en diciembre y la otra en enero. Responde al requerimiento con la documentación de las facturas. Las discrepancias reales sin explicación pueden derivar en una inspección más amplia.
Sí. Presentas por cada período en el que estuviste dado de alta, más los modelos anuales que cubren ese año. Darte de baja no cancela tus obligaciones respecto a los períodos ya transcurridos. Consulta cómo darse de baja como autónomo.
Con ninguno de estos. Las cotizaciones a la Seguridad Social (la cuota de autónomos) las gestiona la Tesorería General de la Seguridad Social, no Hacienda, y se cobran por domiciliación bancaria mensualmente. Los modelos de esta guía son todos declaraciones tributarias ante la AEAT. Para los importes de cotización, consulta cotización de autónomos por ingresos reales.